lunes, 22 de junio de 2015

OCU se moviliza contra el roaming, última frontera de Europa

Después de que el Parlamento Europeo se pronunciara a favor de acabar con el roaming, veíamos cerca su final, pero los gobiernos nacionales, anteponiendo los intereses de las operadoras a los de los ciudadanos, pretenden retrasar el fin del roaming a 2018. No nos conformamos, ¿y tú?

OCU y la organización de consumidores portuguesa, DECO, junto a las asociaciones Eixo Atlántico y Red Ibérica de Entidades Transfronterizas, han lanzado una campaña de recogida de firmas en apoyo a la postura del Parlamento Europeo respecto a la eliminación delroaming telefónico a partir de diciembre de 2015.
La campaña Zero Roaming, que cuenta con el apoyo del BEUC pretende movilizar a los ciudadanos estas elevadas tarifas, que en la práctica son la última frontera de Europa, y que se han convertido en un problema que no es exclusivo de turistas, sino también de buena parte de la población de la Unión Europea.
Parlamento Europeo, Comisión y Estados miembro deben reunirse para abordar esta cuestión: y por eso es el momento de lanzar esta campaña ciudadana, pidiendo que los ciudadanos hagan oír su voz a favor de la petición del Parlamento Europeo y que el roamingdesaparezca cuanto antes. 
Si tú también quieres acabar con las elevadas facturas causadas por las tarifas de roaming, firma en change.org la petición apoyando la propuesta del Parlamento Europeo de eliminar el roaming en diciembre de 2015.


Fuente: http://www.ocu.org/tecnologia/viajes-vacaciones/noticias/zero-roaming

martes, 9 de junio de 2015

Multa a Vodafone por incluir a un usuario en un registro de morosos tras dictaminarse que no existía deuda

Multa a Vodafone por incluir a un usuario en un registro de morosos tras dictaminarse que no existía deuda

La compañía hizo caso omiso a un laudo arbitral, que tiene el mismo valor que una sentencia judicial. La asociación critica que Protección de Datos sólo sancione con 20.000 euros a pesar de que se trata de una práctica habitual de las principales empresas de telefonía.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto a Vodafone una sanción de 20.000 euros por ceder los datos de Francisco Javier Moreno, socio de FACUA Huelva, a Salus, una gestora de cobro y a Asnef, un fichero de morosos, por una deuda que había sido anulada en un arbitraje de consumo con anterioridad.
FACUA considera ridícula la sanción, dado que la práctica de ceder los datos de usuarios irregularmente a gestoras de cobro es habitual en las empresas de telefonía, algo que la Agencia reconoce en su resolución. En ella, señala como "agravantes" tanto "la vinculación de su actividad [de Vodafone] con la realización de tratamientos de datos de carácter personal" como "el importante volumen de negocio de Vodafone” y “la reincidencia por comisión de infracciones de la misma naturaleza".
A pesar de esto, y de que las infracciones graves están tipificadas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal con multas de entre 40.001 y 300.000 euros (de acuerdo al artículo 45.2), la Agencia resuelve en sancionar a Vodafone con 20.000 euros. El artículo 45.5.d de la citada ley recoge que se rebaja la sanción "cuando el infractor haya reconocido espontáneamente su culpabilidad", algo que debería incrementar la multa y no rebajarla, reclama FACUA.
Deuda desestimada en un laudo arbitral
Francisco Javier activó un servicio de límite de consumo de Vodafone para su línea, dado que con frecuencia realizaba llamadas internacionales que le elevaban enormemente la factura. Este servicio, activado en mayo de 2010, le fijó un tope de 84,70 euros (70 euros más el 21% de IVA) de gasto mensual, a partir del cual se debía paralizar el servicio.
Al realizar la restricción, la compañía le indicó que incluía todas las llamadas, incluso cuando el usuario señaló que realizaba habituales llamadas internacionales. Pero aunque la limitación estaba supuestamente activa, le continuaron llegando facturas muy elevadas en junio, julio y agosto.
Cuando Francisco Javier reclamó a Vodafone, en la compañía le indicaron que, pese a lo que le habían notificado cuando activó el servicio, las llamadas internacionales no estaban incluidas en el tope que tenía activo y se negaban a anular las facturas generadas en dichos meses. Ante esta situación, el usuario puso el caso en manos de FACUA Huelva, que sometió el caso a un arbitraje de consumo.
En su laudo de octubre de 2011, con valor de sentencia judicial, la Junta Arbitral Provincial de Huelva estimó que Vodafone debía rectificar las tres facturas. Y esto porque la compañía "debió limitar el consumo a los 70 euros desde que el cliente lo requiere", "en la creencia de que afectaba a todas las llamadas y no es advertido que no se puede aplicar el límite a las llamadas internacionales, cuestión por la que no ha de responder el cliente de la compañía".
A pesar de que Vodafone tuvo conocimiento del laudo el 30 de noviembre de 2011, la deuda no se canceló en sus sistemas, y fue vendida, junto a las deudas de otros clientes, a la empresa de cobros Salus Inversiones y Recuperaciones. Además, los datos de Francisco Javier fueron incluidos irregularmente en el fichero de morosos Asnef.
Esto fue denunciado por FACUA ante la Agencia Española de Protección de Datos, que en su resolución considera los hechos como una infracción grave, e indica además "la grave falta de diligencia mostrada por la entidad denunciada que no aportó las medidas necesarias para comprobar que se cancelaba la deuda objeto de reclamación arbitral".
Además, la AEPD destaca que la actuación de Vodafone "no puede considerarse diligente ni rápida", dado que tardó más de un año y medio desde la recepción de la notificación del laudo hasta que canceló la deuda y eliminó al usuario de los archivos a los que había cedido irregularmente sus datos.

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9385

 

FACUA denuncia a Vodafone por aplicar una subida ilegal en siete planes de tarifas móviles

FACUA denuncia a Vodafone por aplicar una subida ilegal en siete planes de tarifas móviles

La empresa no respeta las condiciones acordadas con los usuarios en los compromisos de permanencia.

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado la subida de tarifas anunciada por Vodafone en siete planes de tarifas móviles al considerarla ilegal y dejar desprotegidos a sus clientes. La asociación advierte de que los contratos de permanencia no vinculan solo a los usuarios, sino también a las compañías, que tienen que respetar las tarifas durante su vigencia.
Recientemente, Vodafone ha notificado a través de un SMS a millones de usuarios (los de sus planes Red S, Red L, Red XL, Plan Smart S, Plan Smart M, Plan Mini S, Plan Mini Voz) la modificación unilateral de las cuotas mensuales y las condiciones del servicio que tienen contratados. La subida será efectiva a partir del próximo 1 de julio.
FACUA ha presentado sus denuncias ante la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan), la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (Setsi), la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid, donde Vodafone tiene su sede social.
Y es que FACUA recuerda que los clientes con contratos de permanencia tienen derecho a que la compañía mantenga las tarifas durante su vigencia. En este sentido, los afectados pueden denunciar a Vodafone ante las autoridades de protección al consumidor para exigir el mantenimiento de las tarifas contratadas o darse de baja y exigir que sea la compañía la que les abone las penalizaciones establecidas en los contratos de permanencia por su incumplimiento.
En cuando a los usuarios sin permanencia, FACUA advierte de que sus contratos les sitúan en una situación de desequilibrio y gran inseguridad jurídica. Y es que el contrato de Vodafone no incluye ningún compromiso de duración mínima de las condiciones y prestaciones ofrecidas al cliente y, por el contrario, la empresa se reserva la posibilidad de modificarlas en cualquier momento.
La asociación considera que el dinamismo propio del sector de las telecomunicaciones, cuya tecnología cambia a gran velocidad y por tanto las prestaciones que puede ofrecer a los usuarios, debe ser compatible con la seguridad jurídica en la contratación y con el equilibrio contractual entre las partes.
FACUA recuerda que es una práctica abusiva la política de modificación continua de tarifas y otras condiciones contractuales, sin respetar ningún compromiso temporal ni garantizar una duración mínima de los contratos.
Así lo recoge la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en su artículo 85, que establece como abusivas "las cláusulas que vinculen cualquier aspecto del contrato a la voluntad del empresario". Más concretamente, el artículo especifica en su punto 4 que también lo son "las que le faculten a resolver los contratos de duración indefinida en un plazo desproporcionadamente breve", y en su punto 7 que lo son "las cláusulas que supongan la supeditación a una condición cuya realización dependa únicamente de la voluntad del empresario para el cumplimiento de las prestaciones, cuando al consumidor y usuario se le haya exigido un compromiso firme".
FACUA critica que la actitud de Vodafone y de otras operadoras con prácticas similares configuran un mercado opaco, en el que al usuario le resulta imposible comparar y elegir la mejor opción, dado que es tan efímera que más bien se convierte en un señuelo para captar clientes.

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9418

 

lunes, 8 de junio de 2015

Movistar justifica la subida de Fusión por "la acepción etimológica" de "para siempre"

No es broma: Movistar justifica la subida de Fusión por "la acepción etimológica" de "para siempre"

Replica a la primera reclamación de FACUA con un tergiversado argumento basado en el diccionario de la RAE y obviando que la ley considera engañosa la publicidad que "induzca o pueda inducir a error".

FACUA-Consumidores en Acción ha recibido la primera respuesta del departamento de Reclamaciones de Telefónica a las numerosas reclamaciones que está tramitando por la subida fraudulenta de 5 euros mensuales en las tarifas de Movistar Fusión, que la compañía aseguró desde su lanzamiento que mantendría "para siempre".
"La acepción etimológica del término 'Para Siempre' significa 'por todo tiempo o por tiempo indefinido' e indefinido supone 'que no tiene término señalado o conocido', en contraposición a las ofertas promocionadas con un término de vigencia reducido en el tiempo". Ésta es la contestación que da a la reclamación de un usuario Esteban Cofrades, que firma en calidad de director de Reclamaciones de Movistar (también es su director Facturación).
FACUA considera que la argumentación de la compañía es tan enrevesada que parece de chiste, al tiempo que resulta insultante para los usuarios. La asociación advierte de que al intentar abrazarse al diccionario de la Real Academia Española (RAE), Movistar olvida que en España, la ley considera publicidad engañosa a la que "induzca o pueda inducir a error a los destinatarios". Así la define el artículo 5 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal (modificada por Ley 29/2009, de 30 de diciembre).
Desde septiembre de 2012, cuando la empresa lanzó el comunicado de presentación de sus servicios paquetizados de telecomunicaciones fijas y móviles Movistar Fusión, sus campañas publicitarias aseguraban que mantendría las tarifas "para siempre".
El equipo jurídico de FACUA interpondrá en los próximos días una demanda judicial contra la compañía para que vuelva a aplicar sus precios originales y devuelva a los usuarios las cantidades cobradas de más tras la subida aplicada en mayo. La asociación ya ha presentado una batería de denuncias ante las administraciones competentes.
FACUA también ha puesto a disposición de los casi 4 millones de usuarios afectados un formulario de denuncia para que lo remitan a las autoridades de protección al consumidor. Pueden descargarlo en la web FACUA.org/fraudeMovistar (en formato .pdf., .doc, y .odt).
La asociación recuerda que los clientes pueden reclamar la congelación de las tarifas contratadas y el reembolso de la subida o, si deciden darse de baja, que la compañía les abone a ellos las penalizaciones de hasta 190 euros establecidas en los contratos de permanencia en aplicación del principio legal de reciprocidad.

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9409&utm_medium=twitter&utm_campaign=FACUA&utm_source=twitterfeed

 

miércoles, 3 de junio de 2015

Vodafone, obligada a indemnizar con 4.000 euros a una socia de FACUA tras hacerle un contrato falso

La empresa no pudo acreditar el acuerdo

Vodafone, obligada a indemnizar con 4.000 euros a una socia de FACUA tras hacerle un contrato falso

La compañía le reclamaba una deuda de 456 euros por una línea que no había contratado, por la que incluyó a la afectada en una lista de morosos que le impidió obtener un préstamo del banco.

La compañía de telecomunicaciones Vodafone tendrá que indemnizar con 4.097 euros a Nathalia Álvarez, socia de FACUA-Consumidores en Acción en Galicia, por los perjuicios causados tras incluir sus datos en un fichero de solvencia patrimonial por una deuda contraída a partir de un contrato falso. Así lo ha determinado un laudo arbitral, con el mismo valor que una sentencia judicial, dictado por la Xunta Arbitral de Consumo de Galicia.
Nathalia tuvo conocimiento a través de su entidad bancaria de que sus datos habían sido dados de alta en el fichero de morosos Asnef. Así se lo indicaron cuando fue a solicitar un crédito ICO y es lo denegaron por este motivo. En el banco también le explicaron que se debía a una supuesta deuda de 455,58 euros contraída con Vodafone.
Sin embargo, esta socia de FACUA en Galicia no era ni había sido nunca clienta de la citada compañía, por lo que acudió a su Servicio de Atención al Cliente para explicar la situación y solicitar la cancelación de  la deuda. "Sentí una impotencia muy grande, fue bastante angustioso y rompí a llorar en la oficina bancaria", explica Nathalia. "Se me quedó cara de tonta delante de la directora del banco, porque yo no tenía nada pendiente".
La empresa, sin embargo, insistió en que el contrato había tenido lugar en septiembre de 2013 y que debía tres facturas emitidas en octubre, noviembre, diciembre y julio. Vodafone reiteró que debía pagar la deuda, y rechazó la reclamación de la afectada así como la que interpuso en su nombre FACUA.
Se solicitó entonces arbitraje a la Xunta Arbitral de Consumo de Galicia. La afectada reclamaba que, por causa de la deuda supuestamente generada por un contrato que ella no había firmado ni solicitado, no pudo acceder a un crédito ICO, ya que Vodafone incluyó sus datos en Asnef. Por este motivo, tuvo que solicitar aval a sus padres, quienes a su vez tuvieron que pedir un crédito para presentarlo.
La empresa tiene que acreditar la contratación realizada
Pese a que Vodafone insistió en que el contrato se efectuó a través de internet, en su laudo, la Xunta da la razón a la afectada, y obliga a la compañía a pagarle 4.097 euros en concepto de indemnización por los perjuicios causados. "De las alegaciones de la operadora", indica el escrito, "se desprende el reconocimiento de su error, puesto que tan sólo dicen que la contratación se efectuó, pero no dicen por quién".
La Xunta recuerda que Vodafone no aporta acreditación de la contratación realizada a pesar de que es su obligación, de acuerdo al Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (aprobado en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre). Dicha ley dispone, en su artículo 63.1, que "en los contratos con consumidores y usuarios se entregará recibo justificante, copia o documentos acreditativos con las condiciones esenciales de la operación, incluidas las condiciones generales de la contratación aceptadas y firmadas por el consumidor y usuario".
Además, el laudo obliga a Vodafone a excluir a esta socia de FACUA de cualquier fichero de responsabilidad patrimonial, anular la deuda pendiente de pago y la cesión de datos efectuada a Asnef, así como los que consten en la propia operadora.
"He sentido mucha rabia e impotencia porque no ha sido culpa mía", añade Nathalia. "Lo peor ha sido no poder decirles a la cara lo que piensas, porque ni siquiera se presentaron cuando les citaron de la Xunta Arbitral".

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9408&utm_medium=twitter&utm_campaign=FACUA&utm_source=twitterfeed

 

Los huelguistas de Movistar levantan la ocupación tras conseguir negociar con la empresa

Abandonan el Mobile World Center con el compromiso de Telefónica de mediaren una reunión, la próxima semana, entre el comité de huelga y las empresassubcontratadas.
Los huelguistas llevaban acampados desde el pasado sábado en el edificio del Mobile World Center como medida de presión a la empresa para que se siente a negociar.
Los trabajadores de las subcontratadas de Movistar abandonan la ocupación del Mobile World Center de Barcelona después de siete días de protesta. Tras conseguir esta mañana un principio de negociación con Telefónica, las decenas de huelguistas -que llevan 54 días de parón- han desalojado el local de Plaza de Catalunya. Lo hacen, por un lado, con el compromiso de Telefónica de mediar en una reunión, la próxima semana, entre el comité de huelga y las empresas subcontratadas, y por otro, con la retirada de la denuncia por allanamiento de morada contra uno de los huelguistas.
Las últimas 24 horas han sido de gran tensión en la protesta que mantenían los huelguistas, después de que el viernes por la tarde les llegara la orden judicial de desalojo. El magistrado consideraba que la ocupación ya no formaba parte de una protesta meramente laboral. El anuncio, rubricado por la aparición de los Mossos, encendió la solidaridad. Parlamentarios, representantes vecinales, de entidades o la concejala electa de la CUP por Barcelona, María José Lecha, entre otros, apoyaron el empleo. Incluso la que puede convertirse en alcaldesa electa por Barcelona, Ada Colau, visitó también el centro ocupado con parte de su equipo, y se ofreció para hacer de interlocutora.
Minutos más tarde, a las 19 horas, comenzaba a moverse una manifestación convocada en solidaridad con los trabajadores por diversos colectivos, partidos y sindicatos solidarios. Si al principio la marcha salía de delante de las tres chimeneas en el Paralelo con poco más de 200 personas, al llegar a la Puerta del Ángel superaba ampliamente los mil manifestantes.
La manifestación terminó delante del centro ocupado. Allí trabajadores y manifestantes realizaro una performance consistente en una concentración de personas con las camisetas azules reivindicativas y una especie de capuchas hechas con bolsas de papel donde había lemas como "no quiero ser un esclavo". También se informó de que en Madrid los huelguistas habían ocupado otro centro de Movistar.
Según la portavoz de las entidades solidarias con los trabajadores, Gabriela Serra, Movistar manifestó que la huelga le ha hecho perder 21.000 clientes y unas pérdidas diarias de 750.000 euros, y acusó a la empresa de soportar estos problemas y el desprestigio que supone, todo por no dialogar directamente con los trabajadores.
Fuente:http://www.eldiario.es/catalunya/desaolajar-Telefonica-ocupado-huelguistas-Movistar_0_393011347.html
 

FACUA facilita a los usuarios un formulario para denunciar la subida de Movistar Fusión #fraudeMovistar

FACUA facilita a los usuarios un formulario para denunciar la subida de Movistar Fusión #fraudeMovistar

La asociación estudia llevar a la compañía a los tribunales. Ya ha presentado las primeras denuncias ante las autoridades de protección al consumidor y telecomunicaciones.

FACUA-Consumidores en Acción ha puesto a disposición de los usuarios un formulario para denunciar ante las autoridades de protección al consumidor la subida fraudulenta de 5 euros mensuales en las tarifas de Movistar Fusión que pretende aplicar a partir de mayo.
La asociación ha habilitado una web, FACUA.org/fraudeMovistar, desde la que los usuarios pueden descargarse el formulario de denuncia e informarse sobre las acciones de FACUA en defensa de los 3,7 millones de afectados por esta subida ilegal. Y es que Telefónica ha venido anunciando desde el lanzamiento de Movistar Fusión que sus precios serían "para siempre".
La asociación ha denunciado ya a la Telefónica de España ante la la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan), la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (Setsi) y la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid, donde la compañía tiene su sede social.
FACUA, que estudia llevar a la multinacional española ante los tribunales, insta a los afectados a presentar denuncias contra Telefónica para exigir a las administraciones competentes que insten a la compañía a paralizar la subida y, de producirse, a devolverles las cantidades que les cobren con ella.
FACUA reclama a las administraciones que insten a la multinacional española a la paralización de la subida en sus ofertas integradas de servicios de telefonía fija, móvil, televisión e internet en casa. De no hacerlo, pide la aplicación de multas proporcionales a los beneficios que obtendrá con el incremento tarifario. Según las estimaciones de la asociación, pueden suponer más de 220 millones de euros anuales.
FACUA argumenta que con la subida, Telefónica incurriría en la aplicación de cláusulas abusivas, publicidad engañosa y el incumplimiento de obligaciones contractuales. Así, vulneraría la Ley General de Publicidad, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y el Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas.
La asociación advierte de que el incremento tarifario anunciado es ilegal ya que Telefónica lleva asegurando desde el lanzamiento de estos servicios que "los  precios  de  Movistar  Fusión  serán  precios  finales  y  para  siempre". Así lo hizo, por ejemplo, en el comunicado de presentación que emitió en septiembre de 2012. Sus campañas publicitarias también han prometido que nunca subiría las tarifas.
La promesa publicitaria lleva realizando Telefónica desde hace dos años y medio tiene valor contractual, recuerda FACUA. Así, no sólo los clientes con contratos de permanencia tienen derecho a reclamar que la multinacional española mantenga las tarifas durante su vigencia. Todos los usuarios de Movistar Fusión pueden exigir al operador que nunca aplique una subida de precios.
Casi cuatro millones de afectados
Las ofertas convergentes Movistar Fusión cuentan en la actualidad con 3,7 millones de clientes. FACUA advierte de que la subida de 5 euros mensuales anunciada por Telefónica le reportaría un incremento de ingresos de 18,5 millones de euros mensuales, lo que al año supondría nada menos que 222 millones de euros.
"Le recordamos que en caso de no aceptar las nuevas condiciones podrá ejercer su derecho a resolver su contrato sin coste alguno, llamando gratis al 1004 antes del 5 de mayo de 2015". Ésta es la información sobre los supuestos derechos de los usuarios de Movistar Fusión que incluye la comunicación en relación a la subida tarifaria que les ha remitido Telefónica.
Pero en realidad, los afectados no tienen por qué darse de baja. FACUA indica que pueden exigir al operador que no suba las tarifas y cumpla tanto con su publicidad como, en su caso, los contratos de permanencia.
Las penalizaciones tendría que pagarlas Telefónica
Telefónica tampoco podrá aplicar penalizaciones a los usuarios con permanencias vigentes que pidan la baja después de la aplicación de la subida. Y es que el incumplimiento del contrato es causa para resolverlo en cualquier momento de su periodo de vigencia, recuerda FACUA.
En cuanto a las penalizaciones de hasta 190 euros establecidas en los contratos de permanencia de Movistar Fusión, FACUA argumenta que puede exigirse a Telefónica que sea ella la que se las abone a los usuarios por aplicar la subida, en aplicación del principio de reciprocidad en las condiciones contractuales.

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9306

 

Movistar justifica la subida de Fusión por "la acepción etimológica" de "para siempre"

Movistar justifica la subida de Fusión por "la acepción etimológica" de "para siempre"

Replica a la primera reclamación de FACUA con un tergiversado argumento basado en el diccionario de la RAE y obviando que la ley considera engañosa la publicidad que "induzca o pueda inducir a error".

FACUA-Consumidores en Acción ha recibido la primera respuesta del departamento de Reclamaciones de Telefónica a las numerosas reclamaciones que está tramitando por la subida fraudulenta de 5 euros mensuales en las tarifas de Movistar Fusión, que la compañía aseguró desde su lanzamiento que mantendría "para siempre".
"La acepción etimológica del término 'Para Siempre' significa 'por todo tiempo o por tiempo indefinido' e indefinido supone 'que no tiene término señalado o conocido', en contraposición a las ofertas promocionadas con un término de vigencia reducido en el tiempo". Ésta es la contestación que da a la reclamación de un usuario Esteban Cofrades, que firma en calidad de director de Reclamaciones de Movistar (también es su director Facturación).
FACUA considera que la argumentación de la compañía es tan enrevesada que parece de chiste, al tiempo que resulta insultante para los usuarios. La asociación advierte de que al intentar abrazarse al diccionario de la Real Academia Española (RAE), Movistar olvida que en España, la ley considera publicidad engañosa a la que "induzca o pueda inducir a error a los destinatarios". Así la define el artículo 5 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal (modificada por Ley 29/2009, de 30 de diciembre).
Desde septiembre de 2012, cuando la empresa lanzó el comunicado de presentación de sus servicios paquetizados de telecomunicaciones fijas y móviles Movistar Fusión, sus campañas publicitarias aseguraban que mantendría las tarifas "para siempre".
El equipo jurídico de FACUA interpondrá en los próximos días una demanda judicial contra la compañía para que vuelva a aplicar sus precios originales y devuelva a los usuarios las cantidades cobradas de más tras la subida aplicada en mayo. La asociación ya ha presentado una batería de denuncias ante las administraciones competentes.
FACUA también ha puesto a disposición de los casi 4 millones de usuarios afectados un formulario de denuncia para que lo remitan a las autoridades de protección al consumidor. Pueden descargarlo en la web FACUA.org/fraudeMovistar (en formato .pdf., .doc, y .odt).
La asociación recuerda que los clientes pueden reclamar la congelación de las tarifas contratadas y el reembolso de la subida o, si deciden darse de baja, que la compañía les abone a ellos las penalizaciones de hasta 190 euros establecidas en los contratos de permanencia en aplicación del principio legal de reciprocidad.

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9409&utm_medium=twitter&utm_campaign=FACUA&utm_source=twitterfeed

 

martes, 2 de junio de 2015

El Supremo confirma una multa de 29,95 millones a Orange por abuso de posición en el mercado de SMS

El Supremo confirma una multa de 29,95 millones a Orange por abuso de posición en el mercado de SMS

Se rechaza así el recurso que la compañía presentó contra la sentencia de la Audiencia Nacional dictada el 31 de octubre de 2013.

El Tribunal Supremo ha confirmado una multa de 29,95 millones de euros impuesta a France Telecom España (Orange) por la autoridad de Competencia en 2012 por la aplicación de precios excesivos en los servicios mayoristas de mensajes cortos SMS y MMS en el mercado de telefonía móvil en España.
El Supremo ha rechazado así el recurso que la compañía presentó contra la sentencia de la Audiencia Nacional dictada el 31 de octubre de 2013 que, a su vez, confirmó la sanción impuesta en diciembre de 2012 por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNC) contra esta compañía y sus rivales Vodafone y Telefónica.
Esta sentencia aceptaba los razonamientos de la resolución administrativa impugnada en lo que se refiere al análisis de la estructura global del sector de la telefonía móvil y, en particular, de los elementos específicos para determinar el dominio colectivo de un oligopolio de empresas.
La CNC -ahora integrada dentro del macro-regulador CNMC- multó en 2012 a Telefónica Móviles, Vodafone y Orange con 120 millones de euros por abusar de su posición en los mercados mayoristas relacionados con los mensajes cortos. De acuerdo con la resolución, la multa a Telefónica Móviles ascendía a 46,49 millones de euros, mientras que la multa de Vodafone y Orange era de 43,525 millones y 29,95 millones de euros, respectivamente.
La Dirección de Investigación de la CNC consideró entonces que cada uno de estos operadores ostentaba una situación de monopolio en los servicios de terminación de mensajes cortos en su propia red y a, diferencia de lo que sucedía con los servicios mayoristas de terminación de llamadas de voz, los de SMS estaban regulados, lo que supuso que estas compañías fijaron libremente los precios a unos niveles "muy elevados".
Voto particular
La decisión del Supremo, que avala la sentencia de la Audiencia Nacional y a su vez la sanción de la CNC, ha contado con un voto particular del magistrado José Díaz Delgado, que se mostró partidario de estimar el recurso de France Telecom. El magistrado recuerda que el recurrente sostiene que la resolución impugnada vulnera los artículos 25 y 24.2 de la Constitución por imponerle la sanción sin acreditar que hubiese actuado"deliberadamente o con negligencia" en su comisión.
Además, el magistrado añade que France Telecom alegaba "indefensión" porque no había tenido la oportunidad de presentar alegaciones frente a la retirada de una circunstancia atenuante que previamente le había sido reconocida por la Dirección de Investigación, que de haber sido tenida en cuenta en la resolución habría supuesto una "evidente" rebaja de la sanción.
El magistrado discrepa de la sentencia, ya que rechaza los motivos relativos a la vulneración del principio de culpabilidad y, a su juicio, no se acredita que esa situación de dominio sea "abusiva", ni se desprende la existencia de una colusión entre las empresas.
"En consecuencia a mi juicio la sanción se basa en meras conjeturas genéricas, que por otra parte se contradice con la inexistencia de actividad alguna en contra de estas empresas en ejercicios anteriores", añade el magistrado.

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9406